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La Justicia declaró inconstitucional el decreto de Milei que frenó la Ley de Financiamiento Universitario

Por NT Noticias 06 de octubre de 2026 20:44 hs

El juez Martín Cormick cuestionó la cláusula que condicionaba la aplicación de la norma aprobada en el Congreso. El fallo ordenó al Gobierno nacional dictar las medidas necesarias para ponerla en vigencia.

La Justicia federal ordenó al gobierno de Javier Milei poner en marcha la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional la cláusula mediante la cual el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) había condicionado su aplicación. 

La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, tras hacer lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

El magistrado cuestionó el mecanismo utilizado por la administración libertaria para suspender, en los hechos, la ejecución de una ley que había sido ratificada por el Congreso nacional después de que ambas cámaras rechazaran el veto presidencial. En consecuencia, ordenó a la Casa Rosada dictar de inmediato las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con la normativa, consignó el sitio Infobae.

La resolución declaró inconstitucional la frase “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629” incluida en el Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno promulgó la Ley 27.795. Esa cláusula había condicionado la aplicación de la norma a que el Congreso nacional determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas correspondientes al presupuesto nacional.

El origen del conflicto

El conflicto comenzó en agosto de 2025, cuando el Congreso sancionó la Ley 27.795, destinada a asegurar el financiamiento de la educación superior en todo el país.

El gobierno de Milei vetó la norma mediante el Decreto 647/2025. Sin embargo, Diputados y el Senado rechazaron el veto y ratificaron el texto original con las mayorías de dos tercios previstas por la Constitución Nacional.

Ante esa insistencia parlamentaria, Javier Milei debió promulgar la ley. No obstante, mediante el Decreto 759/2025 incorporó la salvedad que condicionó su ejecución a lo establecido en el artículo 5° de la Ley de Administración Financiera.

Ese artículo establece que toda norma que autorice gastos debe contemplar expresamente su fuente de financiamiento y prevé la suspensión de su aplicación hasta que el Congreso incorpore las partidas correspondientes al presupuesto general.

Qué plantearon las universidades

La resolución unificó dos expedientes. Uno había sido iniciado por el CIN, junto con docentes y distintas instituciones académicas, mientras que el otro correspondía a la demanda presentada por la UBA.

Las universidades sostuvieron que la decisión del Gobierno constituía un “fraude constitucional” y un “re-veto” encubierto que afectaba la división de poderes.

La UBA, además, señaló que la falta de actualización presupuestaria durante 2024 y 2025 -períodos en los que el Gobierno prorrogó el presupuesto de 2023- había provocado una pérdida del 40% del poder adquisitivo de los salarios docentes y no docentes y comprometido el funcionamiento de sus hospitales universitarios.