El decreto incluía unas 60 actividades como «servicios esenciales». La Cámara consideró que debe legislar el Congreso.
En la batalla entre la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT) y Javier Milei, la central obrera sumó un poroto ante la decisión de la Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo, que confirmó un fallo que anula los artículos del decreto 340/25 del Gobierno, que intentaban limitar el derecho a huelga.
La central obrera había presentado un amparo en rechazo al DNU. En primera instancia, la jueza Moira Fullana —del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 3— suspendió cautelarmente el DNU por considerar que vulneran derechos fundamentales. Más tarde, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de dicho decreto, impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional.
DNU que limita el derecho a huelga: el argumento de la Justicia
El DNU buscaba modificar la Ley 25.877 e incluía nuevas actividades como «servicios esenciales», como la marina mercante, lo que limitaba el derecho a realizar huelgas en esos sectores. Sin embargo, los jueces consideraron que el Gobierno no justificó la necesidad ni la urgencia de dictar estas medidas por decreto, ya que el Congreso estaba en funciones y es el único órgano con autoridad para cambiar una ley.
En su fallo, en tanto, la jueza Fullana planteó que la norma violaba la libertad sindical, al impedir el derecho de protesta en sectores donde no corresponde hacerlo según tratados internacionales. Advirtió además que el Ejecutivo se extralimitó en sus funciones, al querer modificar una ley sin pasar por el Congreso, lo cual no está permitido por la Constitución Nacional.
La Cámara del Trabajo coincidió con el análisis y sostuvo que el problema no era definir qué actividades son esenciales, sino el uso del DNU para modificar una ley sin el debate correspondiente. Para la visión de los magistrados, si se aceptara ese método, el Congreso perdería su función principal, que es la creación de las leyes del país.