“Desalojo exprés”: en cuánto tiempo se podrá pedir desde que el inquilino deja de pagar si se aprueba la ley de propiedad privada
El proyecto del Gobierno busca agilizar los procesos de desalojo, beneficiando a los propietarios. Aún requiere la aprobación de la Cámara de Diputados
El Senado avanzó con la media sanción del proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, para cambiar las reglas que rigen las acciones de desalojo de inmuebles urbanos y rurales.
Según el Gobierno, este “agiliza los procesos judiciales para recuperar inmuebles ocupados ilegalmente o frente a incumplimientos contractuales, fortaleciendo la protección del propietario sin dejar de resguardar a las personas en situación de vulnerabilidad”.
La iniciativa, que todavía requiere la aprobación de la Cámara de Diputados para convertirse en ley, tiene como principales puntos lo siguientes:
- Se agilizan los procesos de desalojo mediante el procedimiento sumarísimo.
- Se habilita la restitución anticipada del inmueble cuando exista verosimilitud del derecho.
- Se fortalecen las herramientas para desalojar ocupaciones ilegales.
- Se simplifican las notificaciones y diligencias judiciales.
- Se incorpora un procedimiento especial para casos de falta de pago y vencimiento de contrato.
- Se mantiene la protección de menores, personas con discapacidad y adultos mayores mediante la intervención de los organismos competentes, sin paralizar el proceso judicial.
Se agilizan los procesos de desalojo mediante el procedimiento sumarísimo (Imagen Ilustrativa Infobae)
Respecto al primer punto, se dispone que todas las acciones de desalojo se realicen a través de un juicio sumarísimo, con plazos más breves que los del procedimiento tradicional. Según el abogador Eduardo Bonis, puede demorar dos meses o menos.
La acción podrá ser iniciada por cualquier persona que acredite un derecho o interés legítimo afectado. Alcanzará a inquilinos, subinquilinos, ocupantes precarios, intrusos y cualquier otro ocupante obligado a devolver el inmueble. También podrá aplicarse cuando quienes ingresaron legalmente a la propiedad incumplan las condiciones de uso acordadas o entren en mora según el contrato vigente.